viernes, 12 de marzo de 2010

Comunidades indígenas: un relevamiento territorial busca frenar el avance terrateniente


Pese a que la ley 26.160 impide el desalojo de las comunidades originarias de sus tierras, sectores de la Justicia siguen emitiendo fallos favorables a los terratenientes. La mencionada norma contempla un relevamiento territorial de todos los pueblos indígenas del país. En Tucumán, su aplicación alcanzó un alto grado de avance. Una herramienta para bloquear el desalojo de las comunidades ancestrales. Reunión en la APT.


Caciques de varias comunidades e integrantes del INAI se reunieron en la sede de la APT

El histórico desplazamiento de las comunidades indígenas de sus tierras motivó la sanción en 2006 de la ley Nº 26.160, impulsada por la Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

Esta norma declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades originarias del país por el término de cuatro años –luego se la prorrogó hasta noviembre de 2013-, disponiendo durante ese lapso la suspensión de la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de tierras.

Sin embargo, pese a esta disposición, la realidad es muy distinta. Ejemplo de esto, son los constantes avances de sectores terratenientes contra diferentes comunidades ubicadas en territorio provincial.

Según explicó a primerafuente Federico Casinelli, representante en Tucumán del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), las tres comunidades locales que más sufrieron intentos de desalojos en los últimos años fueron La Angostura, la Comunidad India Quilmes (ambas de origen diaguita) y la de Los Nogalitos, del pueblo Lule.

“En el caso de las comunidades Quilmes y Lule, nos encontramos con constantes fallos judiciales a favor de los sectores terratenientes que avalan los desalojos. Hay un estado de litigio permanente, pese a que la ley 26.160 es muy clara en cuanto a su alcance”, afirmó Casinelli. En tanto, los intentos de desalojos a la comunidad de La Angostura, por ahora, están paralizados.

Justamente, el punto esencial de la norma, dispone que el INAI se constituya en el organismo de aplicación de un relevamiento técnico, jurídico y catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por los pueblos originarios. "Mientras este proceso de lleve a cabo, todo intento de desalojo debe quedar suspendido", aclaró Martín Andrade, coordinador regional del Relevamiento Territorial (ver video adjunto).

Casinelli explicó que en Tucumán el grado de aplicación de este trabajo se encuentra muy avanzado en comparación con otras provincias y, de continuar este ritmo, podría finalizar antes de que termine el año. En este sentido, caciques de las 19 comunidades indígenas de la provincia se reunieron ayer en la sede de la Asociación de Prensa de Tucumán, para analizar el nivel de desarrollo de este proyecto.

“Se trabaja desde diferentes áreas técnicas: agrimensura, socioantropológica y legal, siempre con las participación indígena en toda las mesas de trabajo. Se conforman unidades provinciales en la que participan instituciones como el INAI, la UNT, la Secretaría de Derechos Humanos y un Consejo de Participación Indígena”, detalló.

“Tras finalizar el relevamiento se realiza una carpeta técnica con toda la información obtenida que no sólo permite un conocimiento sobre el patrimonio que se intenta preservar, sino que sirve como una estrategia legal ante los planteos judiciales que buscan los desalojos”, afirmó Casinelli a primerafuente.
Por Esteban Stanich
http://www.primerafuente.com.ar/index.php/noticia/comunidades-indigenas-un-relevamiento-territorial-busca-frenar-el-avance-terrateniente

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y la Minería Nuclear en todas sus formas

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  • Exigimos la derogación y anulación por parte de la República Argentina del "Tratado de Integración Minero Argentino-Chileno".
  • Reclamamos el cierre definitivo y la recomposición del ambiente, según el art. 41 de la Constitución Nacional, de todas las minas abandonadas y aquellas que están funcionando y no respetan la ley general del ambiente (ley nº 25675).
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  • Pedimos se respeten estrictamente los principios ambientales preventivo, precautorio y de sustentabilidad contenidos en la ley general del ambiente y la sanción de caducidad de las concesiones mineras en caso de incumplimiento.
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