Luego de tres dias de exposición de pruebas y testimonios, el
Tribunal Popular compartió su sentencia acerca de los casos Minera
Alumbrera, Agua Rica, Monsanto, Barrick Gold, Repsol y Ledesma. La
próxima audiencia del Juicio Ético será en la Triple Frontera, para
llegar a una audiencia final en Buenos Aires entre los días 28 y 30 de
octubre. Reproducimos la sentencia del Tribunal. Por ContraPunto - RNMA.
Juicio Ético Popular a las empresas transnacionales y
nacionales megaextractivas del NOA. Sentencia. A más de 500 años de
colonización y recolonización del continente, este Tribunal dice que no
es lo mismo vivir de la naturaleza que vivir con y en la naturaleza. El
Juicio Ético Popular a las empresas transnacionales y nacionales
megaextractivas acusadas, tiene para este tribunal un sentido preciso y
profundamente humano, la salvaguarda de la vida y su reproducción actual
y futura en todas sus dimensiones e implicancias. El criterio de
discernimiento de lo más ético o lo menos ético radica en la vida.
Anti-ético es lo que puede a la corta o a la larga, liquidar la vida.
Ético es lo que va por la vida. Por la vida en integridad. El objeto de
este Juicio Ético Popular es que desde la ética exija al orden jurídico
situarse en lo ético y que exija a todos los niveles de responsabilidad
política y cualquier otro tipo de
responsabilidad en incidencia en lo comunitario, sea público o privado a
actuar eficazmente de modo ético o cada vez más ético. En la situación
actual de la humanidad globalizada, las condiciones de posibilidad de
vida sobre el planeta son convertibles con respecto a la responsabilidad
ética por la tierra y por la vida en todas sus dimensiones. La
separación entre lo útil y lo ético, producto del positivismo científico
moderno, se torna actualmente imposible.
La única utilidad viable es la que respeta la
ética. La persistencia de la separación en que se basan los modelos mega
extractivos convierte a sus actividades en necesariamente anti-éticas.
Atentan contra la vida. Lo ético se torna decisivo en todos los planos y
tipos de la actividad humana. Su criterio valorativo final puede
sintetizarse del siguiente modo: si el obrar humano defiende, sostiene y
promueve la vida de la naturaleza, de las personas y de los pueblos,
salvaguardando su dignidad o si por el contrario los pone en peligro sea
en parte o en su totalidad, no se trata sólo de una generalidad, la
responsabilidad ética incide en la posibilidad de la convivencia humana.
Quien, o quienes, por razones de poder o intereses particulares, creen y
actúan sin responsabilidad por la vida de la tierra y de las personas,
se convierten en violentos saboteadores de la convivencia humana y de la
vida de la tierra. La no responsabilidad
por la vida y la convivencia conlleva la destrucción de ambas. No es
posible asegurar la propia vida, destruyendo la vida del otro. Lo ético y
lo útil se unen y entran en contradicción con el cálculo de utilidad y
del interés propio. El peligro mayor para la supervivencia humana está
hoy en la globalización fundamentalista de los mercados, preparado por
las sangrientas dictaduras militares y de las cuales son continuidad.
Para este modelo productivo las condiciones que hacen posible la vida
aparecen como distorsión de los mercados. Los mercados neoliberales se
convierten en totalitarios del sistema social y destructores de la
fuente de la vida a causa de la inversión antropológica y cosmológica
que los sustenta. En efecto, tal inversión consiste en una reducción de
la persona humana a mero recurso humano y del cosmos, de la naturaleza a
mero recurso natural. Lo que hace posible toda violación de sus
respectivos derechos de vida. Estas
reducciones entitativas del ser de la madre tierra y del ser de la
persona humana convierten a ambos en recursos, es decir, en recurribles,
en meros instrumentos utilizables, transformables o desechables, se
trate de la tierra, del animal, de la planta, de la persona humana o de
las comunidades. La degradación del ser de la realidad natural y la
degradación del ser humano como mero individuo poderoso es la raiz de la
ausencia de ética, es la raiz de toda criminalidad. Sostiene este
Tribunal Ético Popular que estas acciones de saqueo de las empresas
multinacionales y nacionales megaextractivas en nuestros pueblos
oprimidos deben ser incluidas como delitos de lesa humanidad y de lesa
naturaleza, es decir, la ética, sin negar el orden jurídico, exige a
éste que se humanice más y por ello asegure el resguardo de modo
decidido, de los ciclos vitales de la naturaleza y de la vida de las
personas y comunidades. Las poderosas empresas testigo
denunciadas por las fiscalías populares absorben los derechos humanos
porque han sido convertidas en sujetos de derecho, en personas jurídicas
con derechos casi absolutos, ya que se trata de un contexto conformado
por, desde y para la empresa, para el mítico emprendimiento convertido
en fetiche intocable.
En defensa de los cometidos insaciables de una
empresa se puede liquidar el medio ambiente y se pueden liquidar pueblos
enteros y comunidades indígenas y criollas campesinas que parecen haber
sido reducidas a lo último de la sociedad. Estas “empresas sucias” como
las llamó un afectado testigo, son unos de los signos de la barbarie de
esta civilización. La misma consiste en desacreditar hasta negar el
valor territorial y natural de los espacios donde van a hacer su
explotación y con ello desmerecer globalmente a las personas, los
grupos, las culturas, los países. Se trata en efecto de una nueva y más
acentuada dimensión de colonización y recolonización de todo el país, el
continente y el mundo. Grave responsabilidad ética recae sobre la
actividad universitaria y de los demás institutos de formación superior.
Normalmente sus graduados conducen los estados como presidentes,
gobernadores, jefes comunales, concejales,
legisladores, jueces, presidentes de comisiones, asesores políticos,
proyectistas de emprendimientos, etc. Por ello, de prescindir de tal
responsabilidad ética frente a la vida, las universidades e institutos
superiores se pueden convertir en agentes de esta neocolonización y en
semilleros de la muerte por acción u omisión desde su consciente o
inconsciente sometimiento al coloniaje productivo y su implícito control
epistemológico del mundo de cuño eurocéntrico. La formación profesional
o es agente gnoseológico de esa colonización o de lo contrario sujeto
de la urgente y necesaria desconolonización del saber y del hacer. Los
medios de comunicación tienen idéntica responsabilidad ética por su
masiva incidencia en la opinión pública y en el manejo de la información
de los temas que afectan directamente a la vida de la comunidad, de los
pueblos y de la madre tierra. También entiende este Tribunal de Juicio
Ético Popular que mayor y
más grave responsabilidad ética aun recae sobre las religiones y sus
iglesias, por la innegable conexión de lo espiritual con las
responsabilidades éticas humanas. Especialmente son más responsables las
que pueden ejercer más influencia en los pueblos, en las personas, y
hasta en los poderes públicos. Su legitimidad ética sólo puede
justificarse en la medida en que explícitamente acompañan a la madre
tierra y a sus hijos desde la denuncia anticipada, desde la condena
clara y firme de todos los atropellos y abusos violatorios de sus
respectivos derechos o de los proyectos cuya incidencia pueden
afectarlos. El derecho positivo argentino y los de todos los sistemas
jurídicos de los estados de nuestro continente tienen el deber moral de
comprender que o se sitúan en la inmoralidad de un funcionalismo frente a
esta barbarie o bien en la moralidad de denunciar y pronunciarse
definitivamente y poner en el banquillo de los acusados a todos los
responsables de los desastres ambientales, muertes y aumento de las
cuotas de enfermedades evitables y otros ingentes daños que aumentan
escandalosamente, los que bastarían para decidir desde la justicia
ejercida con ética, que este tipo de actividad de muerte no se permite
más. Durante el desarrollo de este Juicio Ético Popular NOA contra las
transnacionales y una gran empresa nacional que opera al modo de las
transnacionales, este Tribunal ha oído en audiencia pública a las
Fiscalías Populares y los casos testigo constituidos por miembros de
organizaciones sociales e integrantes de pueblos originarios, todos
ellos víctimas de la presencia y las formas de operar de las
corporaciones transnacionales en nuestros territorios. A su vez, ha
analizado las denuncias y testimonios presentados y ha constatado que el
modelo productivo provoca la explotación económica de los bienes
comunes naturales y de los territorios por parte de las empresas
transnacionales en las comunidades en cuyo entorno se desarrollan sus
actividades, perjuicios directos como la privación del acceso de los
recursos básicos, la destrucción de los territorios y las limitaciones a
sus derechos humanos, incluido el derecho intrínseco a la vida. En esta
audiencia en la que han sido enjuiciadas las empresas transnacionales
Minera La Alumbrera-YMAD UTE, Minera Agua Rica, Barrick Gold
Corporation, Grupo Monsanto, Grupo Repsol y Ledesma S.A. este Tribunal
ha podido constatar los siguientes impactos provocados por la forma de
operar de las empresas transnacionales y la empresa nacional enjuiciada y
las proyecciones de esas consecuencias en los casos que se trata de
proyectos de explotación: este modelo mega-extractivista genera el
saqueo de los bienes comunes, la destrucción de los territorios donde
operan las empresas y serios impactos negativos en el medio ambiente,
incidiendo en la profundización del cambio climático
y generando desertificación, deforestación, escasez y degradación de
aguas superficiales y subterráneas, contaminación, extinción de
especies, desmonte y pérdida de ecosistema y biodiversidad. Imponentes
volúmenes de energía y agua, son los insumos imprescindibles de las
actividades mineras y petroleras, para efectuar dicho saqueo. Alimentan
esta destrucción territorial los laxos controles estatales y las malas
prácticas de las empresas, entre las cuales podemos mencionar en la
explotación petrolera las averías de los poliductos y oleoductos por
falta de mantenimiento y/o violación de normas de seguridad; vertido de
aguas de producción, incorrecta disposición de desechos de producción
que han contaminado ríos, espejos de agua, glaciares, etc.
Por las pruebas presentadas por las diferentes
fiscalías y los testimonios con que las acompañaron y que integran los
antecedentes en auto este Tribunal integrado por la señora Mirta Acuña
de Baravalle (Madre Línea Fundadora de Plaza de Mayo), Luz María Díaz
(Médicos del Mundo – Argentina), Profesor Dr. Carlos María Pagano
Fernández (Universidad Nacional de Salta), Eva Gamboa (Observatorio
Contra la Discriminación y el Racismo de las Mujeres y los Pueblos
Indígenas) y el Dr. Eduardo Rosenzvaig (Universidad Nacional de Tucumán)
resuelve de forma unánime, definitiva, inapelable y habida cuenta de la
solicitud de condena presentada por la Fiscalía Audiencia NOA condenar a
las empresas transnacionales aquí enjuiciadas Minera La Alumbrera –
YMAD, Minera Agua Rica, Barrick Gold, Monsanto, Repsol-YPF, Ledesma
S.A., a sus dueños, accionistas y socios, y a su planta gerencial; a
Carlos Saúl Menem, Domingo Felipe Cavallo,
José Luis Gioja, Ángel Mazza, Felipe Solá, Fernando De La Rúa, Eduardo
Duhalde, Nestor Kirchner, Cristina Fernandez de Kirchner, Jorge Mayoral y
a todos los demás presidentes, diputados y senadores de la Nación,
gobernadores y funcionarios de las distintas áreas de gobiernos
provinciales y municipales, directa o indirectamente implicados en la
implementación del perverso sistema neocolonial de saqueo y destrucción y
contaminación de los territorios de nuestros pueblos aquí enjuiciados
por violación sistemática de toda ética, de los derechos humanos
inalienables y de los derechos de la naturaleza.
Por responsables de los delitos de: genocidio,
ecocidio y epistemocidio, crímenes de Lesa Humanidad y de Lesa
Naturaleza, violación a la soberanía territorial de los pueblos,
violación a la Constitución Nacional, a la legislación general y del
orden jurídico, político, constitucional, y leyes y tratados
internacionales. Crímenes de lesa humanidad y de lesa naturaleza a todos
los funcionarios que durante la dictadura usurparon las funciones de
gobierno del estado y a los grupos de poder civiles y económicos,
concentrados a través del terrorismo de Estado de los años ’70,
construyeron las condiciones históricas de posibilidad del actual modelo
neocolonial. Hacer extensiva esta condena a todas las empresas y
organismos que participan y promueven este modelo neocolonial de saqueo,
destrucción y contaminación de los territorios y bienes comunes.
Declarar al sistema judicial de la Nación y de las provincias culpable
del
delito de corrupción, moral e institucional y expropiación del derecho
de nuestros pueblos del acceso a la justicia. Declarar a funcionarios
del gobierno Nacional y Provincial, legisladores, jueces e intendentes;
rectores, decanos y concejeros superiores de las Universidades
Nacionales; a autoridades y funcionarios de Salud y Educación; a obispos
y párrocos; a los dueños de los medios de comunicación, sus jefes de
redacción; a organizaciones no gubernamentales que por su acción y/u
omisión colaboraron, promovieron, facilitaron o pretendieron justificar
las acciones de las empresas aquí enjuiciadas; culpables del delito de
complicidad, corrupción y participación necesaria, directa o indirecta
en actos de genocidio y ecocidio, saqueo, destrucción y contaminación de
los bienes comunes. Sostenemos que no hay pena, ni resarcimiento social
ni penal posible que sea proporcional o equivalente a la gravedad de
estos aberrantes crímenes cometidos.
Ello no obstante planteamos que es imprescindible y urgente que el
Estado Nacional arbitre los medios necesarios para detener
inmediatamente el perverso sistema productivo genocida y ecocida de
saqueo neocolonial; la impunidad y corrupción generalizada instalada que
les son inherentes. En esa dirección, este Tribunal declara el
reconocimiento del territorio como derecho fundamental de los pueblos.
Somos territorio, pertenecemos al territorio y éste es la base de
nuestra existencia y del derecho a la vida. Los derechos de la
naturaleza, del derecho al territorio son derechos fundamentales que
están por encima de todo derecho positivo. La nulidad de todas las
leyes, tratados, convenios, decretos y demás actos normativos y
administrativos que posibilitaron la implementación y vigencia de este
modelo; la justicia y necesidad urgente de detener la usurpación y
emprender la restitución de las tierras y fuentes de agua usurpadas y
expropiadas a sus
pobladores legítimos: pueblos originarios, comunidades campesinas y
pobladores de nuestros campos y localidades; la inviabilidad e
insostenibilidad del actual patrón energético, la minería a gran escala y
del modelo de agricultura industrial ligado a los transgénicos y a los
agronegocios de exportación. Declara la falsedad manifiesta de la
biotecnología como respuesta a las necesidades alimentarias de los
pueblos. Declara el rechazo al Plan Nuclear Nacional; al Plan
Estratégico Alimentario y al IIRSA.
La legitimidad y el deber moral y social de las
poblaciones que resisten los actos de violación de los derechos
territoriales y humanos básicos. Declara la falacia del discurso del
desarrollo, fundado en un modelo extractivista como arma ideológica que
produce y legitima el avasallamiento de los derechos territoriales de
nuestros pueblos; rechaza el discurso falaz que sostiene que tenemos que
entregar nuestros bienes comunes al capital concentrado nacional y
extranjero para lograr adecuadas condiciones de vida. Declara el derecho
fundamental de los pueblos al buen vivir. Como pueblo tenemos el
derecho, la responsabilidad y capacidades para administrar con
responsabilidad y dignidad los bienes comunes de nuestros territorios.
Exige el cese inmediato y la expulsión de estas empresas de nuestros
territorios; el cese inmediato de la represión, y la criminalización de
la legítima protesta social; el esclarecimiento y justicia para los
crímenes históricamente cometidos y aun impunes. Este Tribunal condena
moralmente la vigencia, continuidad y profundización del colonialismo
histórico, ahora bajo las armas de la globalización neoliberal
hegemónica en curso. Este Tribunal falla en el día de la fecha, 25 de
Septiembre de 2011 en la ciudad de San Miguel de Tucumán a favor de los
derechos de los pueblos oprimidos de este territorio. Los firmantes del
Tribunal quedan a disposición para futuros requerimientos de las
comunidades que así lo soliciten.
ContraPunto - Prensa Alternativa
Integrante de la Red Nacional de Medios Alternativos
Integrante de la Red Nacional de Medios Alternativos
No hay comentarios:
Publicar un comentario