martes, 20 de noviembre de 2007

AHORA ME QUEDO MAS TRANQUILO: VIERON QUE LOS AMBIENTALISTAS SON UNOS MENTIROSOS

BASURAL MODELO
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Avedeprensa.com

Cumpliendo órdenes del juez federal Mario Agustín Racedo, personal del Escuadrón 55 de Gendarmería Nacional allanó las instalaciones de la planta de procesamiento de residuos de Pacará Pintado. Provisto -se supone- de medios tecnológicos suficientemente idóneos y del concurso de especialistas, se dedicó durante más de ocho horas a constatar en qué medida la empresa La Banda SRL cumple con las exigencias normadas por las leyes 25.612 y 24.051, que se refieren a las características que deben tener este tipo de plantas.

El resultado de tan exhaustivo examen resultó altamente satisfactorio, por lo menos para quienes le otorgan credibilidad. Los miembros de la Gendarmería Nacional dicen haber constatado -y así lo consignaron en la correspondiente acta- que "el basural no tiene comunicación superficial o subterránea con cursos de agua", lo que debe llevar al sosiego a distintas organizaciones ambientalistas que vienen expresando su preocupación por la posible contaminación del muy cercano Río Salí.

También asegura que "tiene construcciones perimetrales aptas para evitar todo tipo de contaminación y/o derrames y/o contactos de los residuos líquidos o sólidos con cursos de agua que derivaren en otro u otros que tuvieren proyección interjurisdiccional". Asegura más: "...las tales construcciones y/o edificaciones son aptas para evitar la contaminación y/o derrame de los residuos con cursos de agua en época de lluvia", circunstancia aparentemente probada aunque el día en que se practicó el allanamiento -2 de noviembre- no fue lluvioso.

Finalmente refiere "que en el lugar hay una planta de tratamiento de residuos que no arroja líquidos lixiviados en los alrededores ni en el interior de la planta, debido a que estos líquidos forman parte del procesamiento de los residuos sólidos urbanos".

En consecuencia, pueden estar tranquilos los ambientalistas y el propio juez federal actuante: los tucumanos cuentan con una planta de tratamiento de RSU que puede suscitar la envidia de los países más avanzados en dicha materia, cuyos representantes deberían visitar Pacará Pintado para imitar su ejemplo. Hasta es posible que el modélico basural termine convirtiéndose en un importante polo de atracción turística, si se lo promociona debidamente.

Corresponde señalar que en esta ocasión la Justicia Federal parece haber actuado con una notable diligencia, en oposición a lo sucedido en otros casos de similar naturaleza. Debe recordarse que el pasado día 6 del corriente mes el Tribunal Oral en lo Criminal Federal condenó al ex intendente de Concepción, Octavio Muedra, a un año de prisión condicional por encontrarlo responsable -sólo a él- del delito de contaminación ambiental con residuos patógenos. Pero para llegar a tal decisión pasaron nada menos que siete años.

Es de celebrarse, entonces, que el juez federal subrogante Mario Agustín Racedo haya logrado en un plazo tan breve constatar que la empresa del señor Mario Criado cumple escrupulosamente con las leyes ambientales, para tranquilidad de los ciudadanos que en muchos casos fueron atemorizados con antojadizas versiones sobre la incidencia en la salud pública que podía estar provocando el célebre basural.



- Fecha de publicación: 15/11/2007- 22:15:03
- Publicado por: Ave de Prensa

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Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
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Los ciudadanos del territorio argentino decimos NO a la minería química con la modalidad a "cielo abierto" y a la minería radiactiva en todas sus modalidades (cielo abierto o por galerías).

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  • Exigimos la derogación y anulación por parte de la República Argentina del "Tratado de Integración Minero Argentino-Chileno".
  • Reclamamos el cierre definitivo y la recomposición del ambiente, según el art. 41 de la Constitución Nacional, de todas las minas abandonadas y aquellas que están funcionando y no respetan la ley general del ambiente (ley nº 25675).
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  • Pedimos se respeten estrictamente los principios ambientales preventivo, precautorio y de sustentabilidad contenidos en la ley general del ambiente y la sanción de caducidad de las concesiones mineras en caso de incumplimiento.
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